El impago no es un contratiempo menor: erosiona el ahorro de las familias y compromete la liquidez del autónomo y de la pequeña empresa. A ello se suma que, en zonas con alta movilidad poblacional y marcado carácter estacional, localizar al deudor puede convertirse en un obstáculo añadido. Por eso, reclamar una deuda con éxito exige hoy algo más que enviar una carta: requiere una estrategia procesal proactiva y bien fundamentada. En esta guía explicamos las principales vías para conseguirlo.
El procedimiento monitorio: la vía más rápida
El juicio monitorio es, a día de hoy, el cauce más ágil para reclamar deudas dinerarias, y puede utilizarse sin límite de cuantía. Su eficacia descansa sobre un requisito esencial: que la deuda sea líquida, determinada, vencida y exigible. Es decir, que consista en una cantidad concreta de dinero, ya devengada y cuyo pago pueda exigirse.
Su gran ventaja reside en el mecanismo procesal. Una vez requerido de pago, el deudor dispone de veinte días para pagar o para oponerse. Si no hace ni una cosa ni la otra, el Letrado de la Administración de Justicia dicta un decreto que pone fin al proceso y abre directamente la vía de ejecución, con una eficacia equiparable a la de una resolución firme.
En este punto, la prueba lo es todo. Y una buena noticia para quien reclama es que los tribunales admiten hoy con naturalidad medios probatorios que hace años se cuestionaban: cadenas de correos electrónicos, comunicaciones a través de plataformas de mensajería o transferencias bancarias parciales que, por sí mismas, suponen un reconocimiento tácito de la deuda. Documentar bien la relación desde el principio es, muchas veces, lo que decide el resultado.
Cuando el deudor se opone: juicio verbal u ordinario
No siempre el camino es tan directo. En ocasiones el deudor se opone al monitorio con argumentos endebles, a veces con el único propósito de ganar tiempo. Es entonces cuando la reclamación deja de ser un trámite y se convierte en litigio, y el asunto se reconduce al procedimiento declarativo que corresponda por cuantía: el juicio verbal si la deuda no supera los 15.000 euros —más rápido y concentrado— o el juicio ordinario por encima de esa cifra, con audiencia previa y vista posterior.
En esta fase, buena parte del trabajo del abogado consiste en desmontar la defensa del deudor. Es habitual que se intente enturbiar el proceso alegando supuestos defectos en el servicio o compensaciones de deudas que en realidad no existen. Identificar a tiempo estas maniobras dilatorias, y responder a ellas con firmeza, resulta decisivo. Cuando las circunstancias lo aconsejan, cabe además solicitar medidas cautelares —como el embargo preventivo de bienes— para garantizar que, si la reclamación prospera, el patrimonio del deudor siga estando disponible.
La ejecución: de la sentencia al cobro efectivo
Conviene recordar una máxima que repetimos a menudo: ganar el pleito es solo la mitad del trabajo; la otra mitad es cobrar. Una sentencia favorable que no se ejecuta no deja de ser un papel.
Afortunadamente, el sistema procesal ofrece herramientas potentes para localizar el patrimonio del deudor. A través de la averiguación patrimonial que se tramita mediante el Punto Neutro Judicial, es posible identificar cuentas bancarias, devoluciones tributarias, vehículos e inmuebles a su nombre, y dirigir sobre ellos las medidas de embargo.
Aquí es donde una ejecución bien llevada marca la diferencia. En Cardador & Marín no nos conformamos con obtener una sentencia favorable: perseguimos el cobro efectivo hasta el final, coordinando la actuación con procuradores y agilizando cada embargo, porque el objetivo del cliente no es tener razón sobre el papel, sino recuperar su dinero.
Antonio Cardador Rodríguez es abogado y socio de despacho especializado en Fintech, Derecho Digital, Franquicias y Comercio Internacional. Asesora a empresas, startups e inversores en regulación, expansión internacional y desarrollo de negocio entre Europa, LATAM y China. Mentor estratégico e inversor tecnológico, combina visión jurídica y empresarial para facilitar la internacionalización, el softlanding de compañías chinas en España y el crecimiento seguro de proyectos innovadores.

