Una vivienda en España, una herencia internacional
Tener una casa en España es algo habitual para muchos ciudadanos británicos. Puede ser una residencia de vacaciones, una inversión, el lugar elegido para la jubilación o, simplemente, un inmueble familiar adquirido hace años.
El problema aparece cuando esa vivienda entra en una herencia.
En ese momento, lo que parecía sencillo deja de serlo: intervienen documentos británicos, normativa española, impuestos, notaría, Registro de la Propiedad y, en ocasiones, dudas sobre qué ley debe aplicarse. El Brexit ha aumentado la sensación de incertidumbre, pero no siempre ha cambiado tanto las reglas como se piensa.
La clave no está en alarmarse, sino en revisar la situación con tiempo.
El Brexit no elimina la necesidad de planificar
Desde la salida del Reino Unido de la Unión Europea, muchos propietarios británicos han asumido que su posición jurídica en España ha cambiado por completo. En materia sucesoria, sin embargo, el análisis debe ser más preciso.
El Reino Unido no formaba parte del Reglamento Europeo de Sucesiones, por lo que la situación de los ciudadanos británicos con bienes en España ya tenía una dimensión internacional antes del Brexit. Lo que sí ha cambiado es el contexto general: más controles, más documentación y una mayor necesidad de coordinar bien los trámites entre ambos países.
En la práctica, la pregunta importante sigue siendo la misma: ¿está correctamente organizada la herencia de ese inmueble en España?
Cuando la respuesta es no, los herederos pueden encontrarse con retrasos, costes inesperados o discusiones sobre el reparto de los bienes.
La residencia y la ley aplicable importan más de lo que parece
Uno de los puntos más sensibles en estas herencias es determinar qué ley rige la sucesión. No es una cuestión menor. La ley aplicable decide quién hereda, con qué derechos y con qué límites.
El Derecho español reconoce derechos mínimos a determinados familiares a través de las legítimas. En cambio, el Derecho inglés suele permitir una mayor libertad para distribuir los bienes en testamento. Por eso, aplicar una ley u otra puede cambiar de forma notable el resultado de la herencia.
El lugar de residencia habitual del fallecido puede tener un papel relevante. Un ciudadano británico que vivía de forma estable en España y no dejó instrucciones claras puede generar dudas jurídicas que compliquen el procedimiento.
Para reducir ese riesgo, es recomendable que el testamento incluya una elección expresa de la ley nacional aplicable. Esta previsión, bien redactada, aporta seguridad y evita interpretaciones posteriores.
Testamento español: sencillo, útil y del todo recomendable
Cuando existe un inmueble en España, otorgar testamento ante notario español suele ser una decisión práctica.
No se trata necesariamente de sustituir el testamento británico. Lo habitual es preparar un testamento español limitado a los bienes situados en España y coordinarlo correctamente con el testamento otorgado en Reino Unido.
Esta coordinación es esencial. Un testamento mal redactado puede revocar otro anterior sin que esa fuera la intención del testador. También puede crear dudas sobre qué bienes están incluidos o qué voluntad debe prevalecer.
Un testamento español claro facilita el trabajo de la notaría, permite tramitar la adjudicación de la herencia con mayor agilidad y simplifica la inscripción del inmueble a nombre de los herederos.
Es una medida relativamente sencilla en vida. Después del fallecimiento, en cambio, todo suele ser más lento.
El impuesto de sucesiones no debe dejarse para el final
La fiscalidad es otro punto que conviene analizar desde el principio. Si una persona británica fallece dejando bienes en España, sus herederos deberán presentar el Impuesto sobre Sucesiones correspondiente por los bienes situados en territorio español.
Aquí resulta especialmente importante determinar qué normativa autonómica puede aplicarse. En determinadas comunidades autónomas existen reducciones o bonificaciones que pueden tener un impacto económico muy relevante.
Por eso no basta con calcular el impuesto de forma automática. Hay que revisar la residencia del causante, la residencia de los herederos, la localización del inmueble y la normativa aplicable en cada caso.
Además, el plazo general para presentar el impuesto es de seis meses desde el fallecimiento. Cuando hay que obtener documentos en Reino Unido, apostillarlos, traducirlos y coordinarlos con una notaría española, ese plazo puede pasar rápido.
Documentación y trámites: donde suelen aparecer los retrasos
En una herencia internacional, buena parte de los problemas no surge por una gran discusión jurídica, sino por la documentación.
Certificados de defunción, testamentos británicos, certificados de últimas voluntades, poderes, traducciones juradas, apostillas, identificación fiscal de los herederos, escrituras notariales y liquidación de impuestos forman parte habitual del proceso.
Si todo está previsto, el trámite puede avanzar con orden. Si no lo está, cada documento pendiente puede retrasar la adjudicación de la vivienda o su posterior venta.
Esto es especialmente relevante cuando los herederos viven en Reino Unido y no pueden desplazarse fácilmente a España. En esos casos, una buena preparación documental y el otorgamiento de poderes adecuados pueden evitar muchos desplazamientos innecesarios.
Mirar la herencia antes de que exista el problema
Una herencia internacional no tiene por qué ser conflictiva. Pero exige método.
Para ciudadanos británicos con inmuebles en España, revisar el testamento, confirmar la ley aplicable, estudiar la fiscalidad y ordenar la documentación básica es una forma sencilla de proteger a la familia.
El Brexit ha generado dudas, sí. Pero el verdadero punto crítico sigue siendo el mismo: no dejar que una vivienda en España quede atrapada en una sucesión mal planificada.
En Cardador & Marín Abogados asesoramos a propietarios británicos y a sus herederos en la planificación y tramitación de herencias con bienes en España, coordinando los aspectos legales, fiscales y registrales del proceso.
Si tiene una propiedad en España y desea revisar su situación sucesoria, nuestro despacho puede ayudarle a anticipar riesgos y evitar problemas futuros.
Cristina Gámez
Abogada titular del Departamento de Empresa y Litigación en Cardador & Marín Abogados, con una sólida base jurídico-procesal tras opositar a la Carrera Judicial. Experta en asesoramiento nacional e internacional en distribución, construcción y comercio exterior. Especializada en fase contractual preventiva y litigios complejos, enfocada en aportar soluciones eficaces y anticiparse al riesgo.

