Muchos andaluces creen que «regalar» dinero en vida (donación) es tan sencillo como hacer una transferencia. Sin embargo, para disfrutar de las ventajas fiscales de Andalucía, la ley es estricta: el dinero debe quedar registrado.
El requisito del documento público para regalar dinero en vida en Fuengirola
Si un padre quiere donar a su hijo 10.000 € para la entrada de un piso, o incluso una cantidad menor como 5.000 €, para aplicar la bonificación del 99%, la operación debe constar en escritura pública ante Notario.
Si haces una transferencia de 6.000 € y no pasas por notaría, la Agencia Tributaria de Andalucía puede reclamarte el pago del impuesto íntegro, sin bonificaciones, más intereses de demora.
Ejemplo práctico de donación en vida en Fuengirola: La transferencia «invisible»
Carmen transfiere a su hijo 15.000 € para ayudarle con una reforma. No hacen papeles. Al cabo de dos años, Hacienda detecta el movimiento y le exige al hijo el pago del impuesto (que podría ser de unos 1.200 € aproximadamente según tablas) más una sanción del 50%. Si hubieran ido al notario, el coste del impuesto habría sido de apenas unos pocos euros.
Consejos útiles
Justifica el origen:
El donante debe poder acreditar de dónde viene el dinero.
Plazo de 30 días:
Una vez firmada la escritura, tienes 30 días hábiles para presentar el modelo 651 de donaciones.
Donación de inmuebles:
Si donas un piso, recuerda que el donante (quien regala) tendrá que declarar la ganancia patrimonial en su IRPF, a menos que sea mayor de 65 años y sea su vivienda habitual.
En Cardador & Marín abogados somos especialistas en herencias y sucesiones y te asesoramos para que tus donaciones sean legales y seguras. Habla con nosotros sin compromiso.
